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Un fallo de la Corte puede cambiar el modelo sindical argentino

por Bruno Perinelli Última modificación 13/12/2009 21:10

ElSalario.com.ar/La Corte Suprema declaró inconstitucional limitar a los representantes gremiales de los sindicatos con personería gremial los alcances de la protección prevista en el art. 52 de la ley 23.551, de Asociaciones Sindicales.

Por unanimidad, la Corte Suprema declaró inconstitucional limitar a los representantes gremiales de los sindicatos con personería gremial los alcances de la protección prevista en el art. 52 de la ley 23.551, de Asociaciones Sindicales.

La ley 23.551 restringía las garantías en cuanto a despidos, suspensiones y modificación de  las condiciones de trabajo a los trabajadores que ocuparan cargos electivos o representativos en asociaciones sindicales con personería gremial. Esta restricción fue considerada por la Corte incompatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales firmados por nuestro país.
 
La resolución de la Corte implica  que un delegado de una asociación con simple inscripción, es decir, que no actúa como miembro de un gremio con personería gremial, goza de las mismas garantías de tutela sindical que los delegados de los gremios con personería.

Una de las consecuencias del fallo es reducir la distancia entre las asociaciones sindicales con y sin personería gremial.

¡No te olvides de completar la encuesta salarial!

(Nota publicada el 13 de diciembre de 2009)

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