Licencia por enfermedad

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  • ¿Qué pasa si sufro un accidente o una enfermedad?

Ante un accidente o enfermedad inculpable que te impida trabajar, tu empresa no puede interrumpirte la remuneración durante un período de tres (3) meses, si tu antigüedad es menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si es mayor. Si tenés carga de familia y, por las mismas circunstancias, te encontrás impedido/a de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tenés derecho a percibir tu salario se extienden a seis (6) y doce (12) meses respectivamente.
Hay compensaciones destinadas a cubrir contingencias en casos de lesión o enfermedad ocasionada por la ejecución del empleo. Estos beneficios también incluyen pensiones por invalidez o muerte.
Las compañías deben hacerse cargo del tratamiento médico y de la medicación necesaria para tu rehabilitación, si ésta fuera necesaria. Para cubrir este tipo de situaciones los empleadores están obligados a contratar aseguradoras de riesgos de trabajo.

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